Tiene su propia regulación en las Ordenanzas dentro del Capítulo IV, artículos 31 a 53, siendo su cometido principal “conocer las cuestiones de hecho que se susciten sobre el aprovechamiento de aguas entre las entidades y usuarios e imponer a los usuarios las correcciones a que en Ley haya lugar”.
Se compone de un Presidente que será uno de los Vocales de la Junta General y de la Permanente y cinco vocales propietarios y cinco suplentes elegidos por los propios usuarios según la siguiente proporción: cuatro Vocales regantes y uno para los usuarios no regantes. Todos ellos tienen que estar presentes para que el Tribunal pueda celebrar sesión o juicio y para que sus acuerdos o fallos sean válidos.
Una vez nombrado su primer Presidente en la Junta General de 8 de julio de 1.952, cargo que recayó en la persona de D. Restituto Aparicio Vidales, el 22 de julio del mismo año se envió la citación a todas las Comunidades de Regantes para que nombraran a los Vocales y Suplentes que les habrían de representar en el citado Tribunal, siendo también los Usuarios Industriales convocados a votación en Hospital de Orbigo, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia num. 172 de fecha 1 de agosto de 1952.
Una vez recibidas las Actas de Votación se procedió al nombramiento de los Vocales del Tribunal en la Junta General Extraordinaria del 9 de septiembre siendo elegidos los siguientes:
D. Miguel Rubio Marcos
D. Tomas Alonso Luengo
D. Pedro Mayo Mayo
D. Rafael Reñones Martínez
D. Sergio Llamas Muñiz
En esa misma fecha fue aprobado el primer proyecto de sanciones al que ha de ajustarse el Tribunal de Riegos presentado por D. Restituto Aparicio Vidales. La primera Sesión Ordinaria que figura en los libros de Actas del Tribunal se celebró el 26 de junio de 1.953.
Actualmente no existe el Tribunal Central de Riegos debido a dos contenciosos ganados por dos denunciantes que han dejado claro que el Tribunal de Riegos ha quedado vacío de actuación y contenidos al no contar con un Régimen Sancionador en las Ordenanzas que regulan el funcionamiento del Sindicato Central y sus diferentes Órganos. Por ello, se aprueba en el Acta de la Junta General Ordinaria del 23 de diciembre de 2016 dejar sin funcionamiento el Tribunal Central de Riegos, aunque su Presidente tenga que seguir como Vocal Nato en la Comisión Permanente porque así está estipulado en las Ordenanzas del Sindicato Central.