Trámites y gestiones:
Se encargan de esta labor el Secretario, la Administrativa y el Jefe del Servicio Técnico.
Como labor principal realizan una tarea de información continua a todas las Comunidades. En primer lugar, de todas las actuaciones y acuerdos del Sindicato. En segundo lugar, poniéndoles al corriente en cuantos asuntos afectan al regadío o pueden resultar de interés: cursos, congresos, publicaciones legislativas, programas de riego, limpieza de cauces, etc…., todo ello mediante el envío de diferentes circulares.
De forma más específica se desarrollan las siguientes funciones:
– Asesoramiento continuo en todas las consultas que se efectúan: problemas de obras, dudas en la labor de recaudación en período voluntario, recursos, integraciones, modificación de las Ordenanzas, variaciones de superficie, modificación de características de las concesiones, servidumbres, conflictos de riego, etc….
– Elaboración de todos los expedientes previos a la celebración de las Comisiones Permanentes y Juntas Generales, con la redacción de las actas respectivas, convocatorias, escritos presentados, informes solicitados por la Presidencia, presupuestos, cuentas generales, etc…
– Confección de escritos y gestiones telefónicas dirigidas a las distintas Administraciones para resolver problemas puntuales de las Comunidades y los Industriales: anuncios para el boletín, convocatorias, edictos, certificaciones, providencias de apremio, peticiones de obras y limpiezas dirigidas a la C.H.D y al Servicio Territorial de Medio Ambiente, etc…
En definitiva, se encargan de realizar toda la labor propia de su función como elaboración del Presupuesto, contabilidad, tramitación de denuncias en campaña, coordinación entre los diferentes servicios del Sindicato, salidas por la zona para realizar servicios, preparación de circulares informativas, convocatoria de reuniones y asistencia a las mismas (Permanentes, Generales, Informativas, Juntas de Explotación y previas, etc.), entrada y salida de correspondencia, etc.
Recaudación ejecutiva
Haciendo uso de las facultades que le confiere el artículo 209.4 el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, este Sindicato Central tiene nombrado un Recaudador Ejecutivo para la aplicación del procedimiento de apremio, servicio que presta a todas sus Comunidades asociadas. Estas últimas realizan el proceso de recaudación en período voluntario y en el plazo de 20 días posterior a su finalización, deben presentar en el Sindicato Central las certificaciones de descubierto, listados y títulos acreditativos de los recibos pendientes de cobro, dictando el Presidente de la Comunidad la providencia de apremio ordenando que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio de los deudores.
A partir de ahí comienza la labor del recaudador ejecutivo que a través de notificaciones en vía de apremio, embargos de cuentas, fincas u otros bienes intentará cobrar a los morosos y al final del ejercicio realiza la pertinente liquidación, que una vez dado por cada Comunidad el visto bueno correspondiente, es aprobada por la Comisión Permanente y la Junta General, siéndoles ingresadas las cantidades recaudadas.
Las Comunidades reciben el importe del principal de los recibos, el Sindicato se hace cargo de todos los gastos que posteriormente recupera y el premio de cobranza del Recaudador lo constituyen el recargo de apremio del 20%, más los intereses legales de demora, si bien nuestra Entidad, tal y como se establece en el contrato de prestación de servicios convenido por ambas partes, le garantiza unos emolumentos mínimos por el desempeño de su función.